¿Es Obligatorio Tener Psicólogo SG-SST en Colombia?
Es una de las preguntas que más recibimos en Bogotá: ¿la ley obliga a las empresas a tener un psicólogo SG-SST contratado de planta? La respuesta corta es no, pero eso no significa que puedan ignorar el tema. Hay una confusión real entre «tener un psicólogo en la nómina» y «cumplir con la evaluación de riesgo psicosocial», y esa confusión le cuesta caro a muchas organizaciones.
Lo que la Resolución 2764 de 2022 exige no es un cargo fijo. Exige que la batería de riesgo psicosocial se aplique, se analice y se documente, y que quien la aplique sea un psicólogo con posgrado en salud ocupacional (especialización, maestría o doctorado) y licencia SST vigente. Solo si la Secretaría de Salud certifica que no hay disponibilidad de ese perfil en el departamento, se acepta excepcionalmente un psicólogo con mínimo 100 horas de capacitación específica.
Es decir: la obligación recae en el proceso, no en el vínculo laboral. Una empresa puede cumplir perfectamente contratando el servicio con un proveedor externo habilitado, sin necesidad de sumar una persona más a la nómina. Para la mayoría de empresas en Bogotá, sobre todo las que no tienen un volumen de trabajadores que justifique un cargo permanente, esa es la ruta más eficiente y la que realmente se usa en la práctica.
Un error común es pensar que cualquier psicólogo sirve. No es así. El psicólogo de bienestar o de recursos humanos, sin el posgrado en salud ocupacional y sin licencia SST vigente, no puede firmar ni sustentar la aplicación de la batería ante una auditoría, aunque esté vinculado a la empresa hace años. Tener un psicólogo en el equipo no equivale automáticamente a estar cumpliendo la norma.
Lo que sí es obligatorio, sin excepción y para empresas de cualquier tamaño, es lo siguiente: aplicar la batería de instrumentos oficial del Ministerio del Trabajo y la Universidad Javeriana (los cuestionarios genéricos, adaptados o de elaboración propia ya no son válidos); repetir la evaluación según el nivel de riesgo detectado, cada dos años si es bajo o medio y cada año si es alto o muy alto; y documentar el proceso con informe técnico que pueda sustentarse ante una auditoría del Ministerio del Trabajo.
Esto aplica igual para una pyme de veinte trabajadores que para una compañía de mil. El tamaño de la empresa no cambia la obligación, solo cambia la forma más razonable de cumplirla: mientras más pequeña la organización, menos sentido tiene contratar un cargo permanente y más sentido tiene contratar el servicio puntualmente.
El incumplimiento no es un riesgo menor. Las sanciones del Ministerio del Trabajo pueden llegar hasta 500 SMLMV. Y a eso hay que sumarle lo que rara vez se calcula: el desgaste de no tener información real sobre lo que está pasando con los equipos, y llegar tarde a intervenir un problema que ya afectó clima laboral, rotación o productividad.
En la práctica, la pregunta que debería hacerse una empresa en Bogotá no es «¿necesito contratar un psicólogo?», sino «¿tengo garantizado que la evaluación se haga con un profesional habilitado, dentro de los tiempos que exige la norma, y con un informe que resista una auditoría?». Si la respuesta es incierta, ahí está el verdadero riesgo.
En Bienestar Pro aplicamos la batería de riesgo psicosocial en Bogotá con psicóloga habilitada y licencia SST vigente, entregando informe técnico, plan de intervención y documentación lista para auditoría, sin que su empresa tenga que contratar personal adicional.
